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Cesión de Datos Personales
La solicitud de cesión de datos de carácter personal contenidos en los archivos automatizados de la ULPGC está sujeta a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
La ULPGC ha regulado el procedimiento de actuación en esta materia a través de la Resolución del Rector del 13 de diciembre de 2005 por la que se dictan instrucciones relativas a la protección de datos de carácter personal. En esta resolución se determina que la solicitud de datos deberá realizarse ante el responsable de cada fichero según ha declarado la ULPGC en el BOC de 26 de octubre de 2004.
Por lo anteriormente expuesto, el Servicio de Informática de la ULPGC (SI) NO PODRÁ REALIZAR CESIONES DE DATOS que no le hayan sido solicitadas en cada caso por el responsable del fichero correspondiente.
De manera similar, el SI solo cederá cualquier otro tipo de datos, aunque no sean de carácter personal, a las unidades que hagan uso de él para su trabajo cotidiano. Cualquier otra unidad que necesite acceder a ellos deberá solicitarlos a la unidad responsable de cada fichero. Una vez aprobada la solicitud por dicha unidad, el SI le enviará dichos datos para que sea la unidad responsable la que los haga llegar al solicitante. De esta forma, la unidad responsable de cada fichero de datos conocerá en todo momento las solicitudes de datos que han sido realizadas y a qué personas u organismos se han cedidos éstos.